El sangriento asesinato de un transexual en Corozal

 

SAN JUAN (CyberNews) - El activista de derechos humanos Pedro Julio Serrano urgió a las autoridades a no descartar el ángulo de odio en la investigación del asesinato de Juan Antonio Santiago Ocasio, estilista que se hacia llamar Ashlley, quien fue encontrado apuñalado en la cocina de su residencia en Corozal.

El cadáver del hombre de 31 años estaba desnudo, boca abajo, pero la escena sugiere que hubo forcejeo desde el baño.   La desaparición del automóvil de la víctima, así como el desorden dentro de la residencia sugieren que el robo puede haber sido el móvil del crimen. 

“A la menor sospecha de que el crimen pudo haber sido cometido por prejuicio en contra de la orientación sexual o identidad de género de la víctima, las autoridades tienen la obligación en ley de investigar este ángulo de odio. Urgimos a la Policía y a la Fiscalía a investigar apropiadamente este asesinato y si se determina que fue motivado por prejuicio, que se someta dicha evidencia para clasificarlo, en su momento, como un crimen de odio”, dijo Serrano.

El portavoz de Puerto Rico Para Todos recordó que desde el 2002 existe en Puerto Rico una ley para procesar aquellos crímenes que se cometan por prejuicio a la orientación sexual o identidad de género de la víctima como crímenes de odio.

Serrano fue más allá, cuando indicó que al radicar el informe sobre el crimen, la Policía tiene que señalar la sospecha o certeza de que el crimen se haya cometido por prejuicio y la Fiscalía tiene que investigar el asunto para radicar cargos conforme a los hallazgos, si es cierto que fue cometido por prejuicio, se tendría que radicar como un crimen de odio.

“Le exigimos al superintendente de la Policía, José Figueroa Sancha; al secretario de Justicia, Guillermo Somoza; y a la Fiscal Federal en Puerto Rico, Rosa Emilia Rodríguez, a que cumplan con la ley y establezcan mecanismos para que estos actos sean investigados como posibles crímenes de odio. En la esfera federal se convirtió en ley el año pasado un mecanismo para procesar los delitos de odio, con o sin intervención de las autoridades locales”, recalcó el Activista.

Por otro lado, mencionó que en Puerto Rico existen dos leyes que reconocen y castigan los crímenes cometidos por prejuicio hacia y contra la víctima: la Ley 46 del 2002 y el Código Penal de 2004 en su artículo 72.

“A pesar de que se estableció como política pública el no tolerar crímenes por odio, lo cierto es que a la fecha de hoy tanto la Policía de Puerto Rico como el Departamento de Justicia se niegan a clasificar estos delitos como crímenes de odio para evitar realizar una investigación a fondo y así despacharlo como una víctima más”, concluyó Serrano.